El Impuesto a la Renta a los pronósticos deportivos también será a los ganadores. Desde el 1 de julio de 2024 se implementará en Ecuador este tributo sobre los ingresos percibidos por los Operadores de Pronósticos Deportivos.
Este impuesto se sustenta conforme el Decreto Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la EconomÃa Familiar. La normativa está vigente desde su publicación en el suplemento del Registro Oficial 335, el pasado 20 de junio de 2023.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) creó una sección en su página web www.sri.gob.ec. Su intención es informar sobre la aplicación del Impuesto a la Renta Único a los ingresos percibidos por los operadores de pronósticos deportivos.
Más noticias
¿Cómo se aplicará el Impuesto a la Renta?
El Servicio de Rentas Internas informó que el Impuesto a la Renta único grava con una tarifa del 15 % los ingresos percibidos por los operadores de pronósticos deportivos, tanto residentes como no residentes en Ecuador.Â
Los operadores pueden restar de dichos ingresos los premios pagados sobre los que hubieren efectuado la respectiva retención en la fuente.
¿Qué pasa con los participantes del pronóstico?
El reglamento de este régimen tributario regulará los mecanismos para declarar, liquidar y pagar este impuesto y establecerá las obligaciones tributarias que se deben cumplir.
Los premios de los jugadores también están gravados con el 15 % del Impuesto a la Renta. Este valor será retenido y pagado al fisco por parte de los operadores de pronósticos deportivos.Â