Entre las reformas que se plantean para la Ley de Seguridad Social están ajustes a la base de cálculo de las pensiones jubilares, los cuales pueden variar los montos que los jubilados y pensionistas reciben a la fecha.
La semana pasada, el presidente del Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Francisco Cepeda, dio a conocer algunas reformas para el sistema de pensiones en esta entidad.
Una de ellos es revisar el número de años de aportes considerados para la definición del monto de la pensión. Actualmente, se toman en cuenta los cinco mejores años de aportes.
El Gobierno propone algunos cambios
Según Cepeda, el rango se podría ampliar para equilibrar el pago de pensiones que, en el caso de algunos afiliados voluntarios, son altos. Esto debido a que algunos años realizan mayores aportaciones, cuando en la mayoría de años hacen aportes mínimos.
El IESS maneja un rango de pensiones, considerando montos mínimos y máximos a pagar. Estos se establecen de acuerdo con el tiempo de aportación, en proporción del salario básico unificado mínimo (SBU), que para este año es de USD 425, según las siguientes tablas:
Los cambios buscan menores montos
Para Patricia Borja, experta en Seguridad Social, estos montos podrían variar con la propuesta que ha hecho el IESS, ya que la idea es tener pensiones menores. “Al final del día, el objetivo que persiguen es que las obligaciones que tenga el fondo de pensiones sean de menor magnitud”, dijo Borja.
Incluso, sin necesidad de una reforma legislativa, el Consejo Directivo del IESS puede modificar la fórmula de cálculo de aportación, con lo cual se variarían los montos de las pensiones, agregó la experta.
Por su parte, Rodrigo Ibarra, presidente de la Asociación Ecuatoriana de Actuarios, señaló que es complicado que varíen o se modifiquen los topes de los montos de pensiones, puesto que están respaldados por la Ley, con cálculos ya establecidos. No obstante, afirmó que estos cambios sí pueden disminuir los montos generales que un jubilado o pensionista pueda recibir a futuro.
Reformas no tendrían carácter retroactivo
En el caso de que estas reformas lleguen a concretarse, Borja enfatizó que no tendrán carácter retroactivo. “La Ley deberá establecer un régimen de transición. Quienes ya están próximos a la jubilación; es decir, personas con edades entre 50 y 59 años, e incluso quienes ya superan los 40 hasta 49 años, ya no se les debería aplicar muchas de las modificaciones porque ya falta poco tiempo para su jubilación”, recomendó.
Ambos expertos coincidieron que es necesario que el IESS comparta cuáles serán los alcances y cambios de las propuestas y, principalmente, que las respalden en estudios actuariales actualizados para analizar los posibles escenarios. Ibarra resaltó que es necesario contar con información actuarial tras la pandemia.
Cepeda afirmó que los cambios serán consensuados con diversos sectores sociales. Por lo pronto, se ha puesto sobre la mesa también la posibilidad de aumentar la edad de jubilación, la creación de una cuenta personal de aportación y cambios en el aporte del Estado al fondo de pensiones.