Rechazo y felicitación (más vale tarde que nunca)
Hace alrededor de dos meses (6 de abril, en horas de la noche) sufrí un desafortunado accidente de tránsito en una de las calles de la parroquia de Nayón; accidente completamente fortuito y nada intencionado; mismo que ocurrió al tratar, por un descuido, de bajarme de mi vehículo en marcha. De inmediato mis hijos se comunicaron al 911 y, en cuestión de escasos minutos, llegó una ambulancia Alfa 5 del Honorable Cuerpo de bomberos con dos competentes personajes entendidos en la materia: La paramédica Jessica Córdova junto al cabo Chipugsi, quienes me atendieron en forma inmediata, solícita y respetuosa, haciendo honor a su profesionalismo, humanismo y paciencia a toda prueba.
Como antítesis a esta magnífica y desinteresada labor, mientras yo me encontraba dentro de la ambulancia recibiendo los primeros auxilios, supe que llegó un patrullero con algunos policías, quienes, sin conocer pormenores, habían tratado de llevar detenido tanto al vehículo como a su conductor. Injusta y cruel acción que, de no ser por las airadas protestas de las decenas de testigos que presenciaron el infortunado percance, se hubiese llevado a efecto.
Son estos oportunos, solidarios y benéficos actos de las ambulancias, los que merecen la felicitación y agradecimiento de los conciudadanos; no así el indolente y nada humanitario actuar de la policía que, carente de empatía y conmiseración, lleva a cabo estos bochornosos episodios por los que, al contrario, merece el rechazo y la indignación ciudadana.
Fabiola Carrera Alemán
El Hotel Quito y la criminalización de la libertad de expresión
“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.” (Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948) En días pasados, se realizó la audiencia de conciliación y juzgamiento dentro del juicio contravencional no. 17294-2024-00072, seguido por el apoderado general de la compañía China Road and Bridge Corporation (CRBC), en contra de la activista de los derechos humanos y defensora del Hotel Quito, Rocío Bastidas Granizo, por supuestamente haber proferido expresiones en descrédito y/o deshonra de la empresa propietaria del hotel, en una entrevista realizada en Radio Pichincha, el 18 de noviembre del 2023 Para poder asistirá a la audiencia, el representante de la empresa supuestamente injuriada, alegó que necesitaba de un traductor para que le acompañe en la diligencia judicial. La pregunta que surge es, si no entiende el idioma español, ¿cómo se enteró o supo que su representada había sido injuriada? Luego de varios diferimientos, el denunciante por último nunca concurrió a la audiencia de juzgamiento – pero sí estuvo el traductor -, y en su representación, envió tres abogados a que actúen a su nombre, en un claro ejemplo de intimidación por parte de una poderosa empresa, en contra de la colectividad, en este caso, representada por Rocío Bastidas, tratando de enviar un mensaje a la ciudadanía quiteña, para que no se ejerza ninguna crítica u oposición a la pretendida construcción de varias torres habitacionales, en los predios patrimoniales del Hotel Quito. Finalmente, el apoderado general, por medio de uno de sus procuradores judiciales, desistió de la acción penal incoada en contra de esta valerosa ciudadana quiteña, lo que es un triunfo para la libertad de expresión y la defensa de este icono capitalino como es el Hotel Quito y su entorno. Dicho sea de paso, el poder general que utilizó el apoderado de la empresa para presentar la denuncia, fue otorgado en la ciudad de Beijing, China, el 19 de agosto del 2011, esto es, hace más de doce años, y no ha sido renovado hasta la presente fecha, lo que nos deja dudas sobre su validez, tomando en cuenta que nunca se exhibió dentro del juicio la razón de no revocatoria de dicho poder, a pesar de que hay un nuevo presidente en funciones de CRBC, lo que fácilmente se puede constatar a través de la página web de dicha empresa, situación que podría acarrear la nulidad de todos los actos y contratos efectuados en el Ecuador, por el apoderado general de dicha empresa. Esta acción judicial es una flagrante violación al derecho a la libertad de expresión contemplado en el art. 66.6 de la Constitución, en un intento de criminalizar la protesta ciudadana, más aún, tomando en cuenta que Rocío Bastidas estaba haciendo uso del derecho a la réplica, ya que, en días, anteriores, en el mismo medio de comunicación, la vocera de CRBC se había referido al proyecto constructivo que se pretendía realizar en los predios patrimoniales del Hotel Quito, sin tomar en cuenta la oposición ciudadana, lo que produjo la solicitud de réplica de la activista capitalina, en el mismo medio de comunicación. La organización internacional FRONTLINE DEFENDERS ofreció todo su apoyo a Rocío, en esta desigual lucha de una valiente ciudadana defensora de nuestro patrimonio, en contra de una transnacional asiática; y, estuvo siempre vigilante del desarrollo de este juicio, hasta su conclusión.
Alfonso López Jaramillo